EL ALCALDE JULIO SETIÉN Y SU GOBIERNO HAN ENAJENADO LA PLAZA DE ESPAÑA, PATRIMONIO PÚBLICO DEL REAL SITIO DE SAN FERNANDO DE HENARES EN BENEFICIO DE UNA MERCANTIL PRIVADA, COMETIENDO CON ELLO PRESUNTAS GRAVES IRREGULARIDADES, QUE CONCULCAN LOS SIGUIENTES PRECEPTOS LEGALES:
El artículo 132 de la Constitución Española, que proclama la naturaleza jurídica de los bienes de dominio público, y que habrán de estar sujetos a los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como a su desafectación.
El artículo 81 de la Ley de Bases de Régimen Local, que establece la preceptiva, previa y necesaria incoación de un expediente con acreditación de las razones de oportunidad y legalidad para proceder a la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades Locales.
El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que en su artículo 5º prescribe que los bienes de dominio público son inalienables; es decir, no pueden ser enajenados.
También ha sido conculcado el artículo 81 del Texto Refundido de la Régimen Local, en concordancia con los artículos 20 y 22 de la Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la CAM.
Así como la propia ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en varios de sus preceptos.
1 comentario:
¡Esto es el no va más!...
O sea que la plaza no es nuestra, pero que clase de gobierno municipal tenemos en San Fernando...
Publicar un comentario