Ha transcurrido prácticamente un año desde que en septiembre pasado, casi toda la prensa nacional se hiciera eco del escándalo urbanístico que suponía el EMBARGO DE LA PLAZA de nuestro municipio. Era caso inédito en España, y más tratándose de una de las grandes localidades del entorno metropolitano de Madrid.
El de la Plaza de España, es sin duda el más
grave asunto que directa e indirectamente afecta en estos momentos al
municipio, sin obviar, la dramática situación generada a los afectados por la
gestión que se ha hecho en esta sociedad mixta constituida para la
rehabilitación de la plaza barroca, participada al 49% por el ayuntamiento y
presidida por el dimitido ex alcalde de IU, Julio Setién, el cual el pasado día
26 de abril, comparecía en el juzgado nº 5 de Coslada, a tenor de la imputación
en una serie de presuntos delitos vinculados a esta gestión, denunciados por la
ASOCIACIÓN CÍVICO CULTURAL EL MOLINO de San Fernando de Henares.
La sociedad en concurso de acreedores,
presenta un pasivo (deuda) de unos 92 millones, para un activo LIQUIDABLE de
102 millones aprox. La diferencia arrojaría un saldo positivo de 8 millones a
tenor de lo que se desprende del informe que se ha conocido del administrador
judicial, si bien las conclusiones iniciales y resoluciones a tenor del mismo,
pueden ser impugnadas por las partes personadas en el concurso de acreedores,
entre los que se encuentran los propietarios afectados.
Pero sucede, que este administrador, ha
excluido como acreedores a los propietarios de las casas y suelo que forman
parte de la sociedad, con el 51% de participación restante. Al parecer, no los
considera acreedores, sino socios accionistas de la sociedad concursada, y por
consiguiente, al margen de beneficiarse de la liquidación de bienes de la
misma, entre las que se encuentran las casas hoy ya rehabilitadas, los pisos de
reciente construcción en las traseras con sus locales comerciales, y también,
la plaza, su espacio libre y aparcamiento subterráneo.
Es obvio que si la sociedad se liquida, se
subastarán todos esos bienes de la misma, y los primeros a cobrar en calidad de
acreedores, son BANKIA y las constructoras a las que se les debe algo más de 20
millones de euros. En ese escenario, los afectados estarían en trance de perder
todo.
Mientras siga adelante el proceso concursal
abierto, estos propietarios, no tienen la seguridad de poder ejecutar al menos
los avales por el importe de los bienes aportados en su día, ni la reversión
del suelo de sus propiedades, alegando el incumplimiento de los acuerdos
suscritos y recogidos en los estatutos de la sociedad "Plaza de España San
Fernando SL", que según parece, el administrador judicial, viene a señalar
que no se han incumplido por parte de esta sociedad.
Pero sucede, que a tenor de lo que denuncia EL
MOLINO, hay presuntos delitos relacionados con la gestión realizada en esta
mercantil, que señalan al anterior alcalde, al ex concejal de urbanismo, y a
una tercera persona vinculada a la sociedad WOODMAN hasta fecha relativamente
reciente, todo ello constitutivo de presuntos delitos que tendrían CALIFICACION
PENAL.
Uno de ellos, y que es sobre el que se
construye la constitución de toda la arquitectura jurídica de la sociedad mixta
Plaza de España San Fernando SL, y posteriores actos jurídicos y
administrativos derivados. Tiene que ver, con la aportación al capital social
de la misma por parte del alcalde sin presunta autorización expresa del
ayuntamiento pleno por mayoría, del espacio público de la plaza de España.
Este hecho que de demostrarse, implica una
presunta grave ilegalidad, tiene consecuencia sobre el proceso concursal
abierto, porque obligaría al administrador judicial de Plaza de España San
Fernando SL, a informar al juez de este hecho, y a tener que separar de la masa
concursal el espacio público de la plaza y aparcamiento construido bajo la
misma.
Otra de las consecuencias, que implica la
apertura de acciones en ese sentido por vía penal, contra los responsables de
esto, es la PREEMINENCIA de lo penal sobre los procesos administrativos y
mercantiles en curso a los que pueda afectar.
Esto implica, que en tanto en cuanto no se
resuelven y depuran las presuntas responsabilidades penales de los implicados
en estos hechos, los afectados ciertamente no pueden recuperar sus casas, pero
tampoco podrán ser subastadas perdiéndolas definitivamente sin compensación
alguna.
Si se demuestra NULA e ilícita la aportación de la
plaza al capital de la mercantil, sería nula la constitución de esta sociedad,
y nulos todos los actos derivados. Y si según parece, el acto de cesión de la
plaza, es realizada de manera unilateral por parte del anterior alcalde, la
responsabilidad de sus actos gravitan sobre su persona, y por ende no sobre el
ayuntamiento, cuyo pleno no autorizó expresamente la cesión de ese bien público
que es inaportable conforme a varios preceptos legales y por tanto
inembargable, entendiéndose ese acto fundamental en la participación municipal
en el proyecto, sin la cual, es obvio que CAJA MADRID no hubiera concedido
financiación alguna, si bien, no se explica que lo hiciera a tenor de lo que se
ha puesto de manifiesto, y menos, formando parte del capital social de la
empresa constituida, un bien público inaportable por ser un bien DEMANIAL.
Pero en este planteamiento, no se puede obviar lo aprobado y VOTADO por los partidos representados en pleno con relación a la puesta en marcha de este proyecto en actos previos y posteriores, además del de propia constitución de la sociedad, y en ello entran en juego no solo IU en el gobierno, sino también el PSOE que gobernaba en coalición, y el PP en la oposición, que se mostrara favorable al proyecto, aunque con posterioridad discrepara de las decisiones que se estaban tomando, aunque sin poner en conocimiento de la justicia el asunto de la cesión de la plaza, cosa, que hubiera evitado el desarrollo de todos los demás actos que son consecuencia de la situación actual.
Pero en este planteamiento, no se puede obviar lo aprobado y VOTADO por los partidos representados en pleno con relación a la puesta en marcha de este proyecto en actos previos y posteriores, además del de propia constitución de la sociedad, y en ello entran en juego no solo IU en el gobierno, sino también el PSOE que gobernaba en coalición, y el PP en la oposición, que se mostrara favorable al proyecto, aunque con posterioridad discrepara de las decisiones que se estaban tomando, aunque sin poner en conocimiento de la justicia el asunto de la cesión de la plaza, cosa, que hubiera evitado el desarrollo de todos los demás actos que son consecuencia de la situación actual.
El resultado en tal supuesto es incierto, pero es
posible que los afectados de la plaza, podrían en tal contexto ejercitar
sus derechos como perjudicados, pidiendo la reversión de los bienes aportados o
su equivalente económico, habida cuenta la diferencia de valor que hay entre
los edificios actuales rehabilitados y ya construidos y los aportados en su
día, en algunos casos en situación ruinosa, además de pedir la correspondiente
compensación por los daños y perjuicios que se les han realizado. En tal contexto, es
obvio que las constructoras, BANKIA y todos los demás acreedores, tendrían
dificultades para cobrar las deudas que reclaman.
Por ello situaciones
como la de Plaza de España San Fernando SL, que participada al 49% por el
ayuntamiento está en concurso de acreedores, suponen una incertidumbre clara en
tanto en cuanto no sepamos cómo puede afectar eso al ayuntamiento. De tener que
asumir esa deuda en su totalidad, estaremos en una situación de QUIEBRA del
ayuntamiento, sólo asumir la parte de deuda en cuantía equivalente al % de
participación municipal, ya pone en riesgo la viabilidad económica del ayuntamiento
y por ende la sostenibilidad de servicios hasta ahora prestados y puestos de trabajo a ellos asociados.
Asistimos aquí, a un
ejemplo de posible evidente CORRUPCIÓN ESTRUCTURAL de la que adolece nuestra
sociedad y clase política. Igual que a Rajoy la diputada Rosa Díez le hacía 20 preguntas sobre el caso Barcenas, en San Fernando nos hacemos al menos 6 preguntas que no tienen respuesta sobre el CASO PLAZA DE ESPAÑA.
1º ¿Cómo es posible que un alcalde ceda a una empresa
constituida con patrimonio de aportación mayoritaria privada una plaza pública
sin estar autorizado por el pleno y siendo dicho bien INAPORTABLE?,
2º ¿Cómo una
registradora de la propiedad y un notario, supuestamente conocedores de la ley
no se lo cuestionan?,
3º ¿Cómo una entidad financiera, como la entonces CAJA
MADRID hoy BANKIA otorga un crédito promotor, a una sociedad donde el
ayuntamiento participa casi exclusivamente, sin más bienes que el terreno de
una plaza pública que no se puede aportar SIENDO INEMBARGABLE?,
4º ¿Cómo nadie se
cuestionó las cifras de la viabilidad económica de la operación?,
5º ¿Cómo es posible que se cargaran gastos impropios a la mercantil Plaza de España, como es el caso de las obras del MUSEO DE LA CIUDAD?...
6º Y lo más curioso de todo, ¿cómo ante la gravedad de los presuntos delitos que se han podido producir con relación a PLAZA ESPAÑA, la fiscalía NO HA ACTUADO DE OFICIO?.
Y suma y
sigue, en un ejemplo lamentable de cómo tantas personas a la vez, pueden hacer
mal las cosas, deliberadamente, por desconocimiento o por dejación de sus
obligaciones.
Mención a parte
merecen, los vecinos afectados de los bloques de pisos demolidos de las calles
Coslada y Gonzalo de Córdoba, que no tienen el beneficio de las garantías que
sí tienen el resto de propietarios de viviendas históricas y suelo anejo a ellas
de la plaza, y cuya situación siendo general complicada, adolece de un
grado de exposición a desprotección jurídica y social si cabe mayor, dentro del
contexto de perjuicio que a todos les afecta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
No se admitirán comentarios que haciendo mención a personas, colectivos, marcas o entidades, se realicen en términos irrespetuosos, denigrantes, difamatorios, calumniosos o insultantes, o que vulneren la legislación vigente en los términos en los que la misma se pronuncia en cuanto a la protección de la privacidad y la honorabilidad de las personas.